

SUNAT aclara qué servicios no domiciliados califican como digitales: ¿Te afecta este cambio?
El 29 de abril de 2025, la SUNAT publicó el Informe N.º 000046-2025-SUNAT/7T0000, en el que aclara qué servicios contratados a proveedores no domiciliados deben ser considerados “servicios digitales” para efectos del Impuesto a la Renta.