Reprogramación de créditos MYPE: nuevas facilidades en 2026
El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto de Urgencia N.º 015-2026, publicado el 31 de octubre de 2026 en el diario oficial El Peruano, que establece medidas económicas y financieras extraordinarias para proteger la capacidad de pago de las micro y pequeñas empresas (MYPE) frente a los posibles efectos del Fenómeno El Niño 2026-2027.
La norma busca facilitar el acceso al financiamiento y la reprogramación de créditos, con el objetivo de preservar la continuidad de las actividades empresariales en las zonas declaradas en estado de emergencia.
Reprogramación de créditos MYPE: ¿qué facilidades ofrece el Gobierno?
El Gobierno aprobó nuevas medidas para facilitar la reprogramación de créditos MYPE ante los efectos del Fenómeno El Niño 2026-2027.
Una de las principales medidas es la autorización a COFIDE para destinar hasta S/ 2,000 millones del Fondo CRECER en garantías destinadas a respaldar créditos y reprogramaciones de las MYPE.
Las coberturas establecidas son:
90% de garantía para créditos de hasta S/ 30,000.
80% de garantía para créditos entre S/ 30,001 y S/ 90,000.
70% de garantía para créditos entre S/ 90,001 y S/ 300,000.
Para las empresas de los sectores agropecuario, pesquero y acuícola, las coberturas se incrementan al 95%, 90% y 80%, respectivamente.
Estos porcentajes corresponden a las garantías que respaldan los créditos frente a las entidades financieras y no representan una condonación de la deuda.
¿Las empresas podrán reprogramar sus créditos?
El decreto también permite que las entidades financieras y cooperativas autorizadas reprogramen los créditos garantizados mediante el programa IMPULSO MYPERU.
Entre las principales condiciones destacan:
Ampliación del plazo de pago hasta por 9 meses adicionales.
Hasta 12 meses adicionales para empresas agropecuarias, pesqueras y acuícolas.
Posibilidad de acceder a un periodo de gracia parcial de hasta 3 meses.
La tasa de interés de los créditos reprogramados no podrá superar la tasa aplicada antes de la reprogramación.
La aprobación de estas facilidades estará sujeta a la evaluación de la entidad financiera correspondiente y a las disposiciones operativas aplicables.
¿Qué empresas pueden acceder a estas medidas?
Las disposiciones están dirigidas a las MYPE que desarrollan actividades económicas en departamentos declarados en estado de emergencia por afectaciones o peligro inminente asociado al Fenómeno El Niño.
Para acceder a las garantías del Fondo CRECER, se establecen requisitos relacionados con la clasificación crediticia de las empresas, considerando las categorías «Normal» o «Con Problemas Potenciales», con las excepciones y evaluaciones previstas en la norma.
¿Hasta cuándo estarán vigentes?
El Decreto de Urgencia N.º 015-2026 tiene vigencia hasta el 30 de abril de 2027, fecha que también constituye el plazo máximo de acogimiento a las reprogramaciones extraordinarias del programa IMPULSO MYPERU.
En ese sentido, resulta importante que las MYPE potencialmente beneficiarias evalúen oportunamente su situación financiera y las condiciones de acceso a estas medidas, considerando su flujo de caja y capacidad de cumplimiento de las obligaciones crediticias.
¿Necesitas asesoría tributaria o laboral para tu empresa?
En BKR Santivañez te ayudamos a comprender los cambios normativos, evaluar sus implicancias y cumplir adecuadamente con tus obligaciones.
Agenda una cita con nuestros especialistas aquí: https://tr.ee/8BqDPt
BKR Santivañez: Hacemos lo que sabemos, con excelencia.

Comentarios