Arrendamiento justo en Perú 2025: Ley N.º 32430 y modificación del Impuesto a la Renta
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El 21 de agosto de 2025 se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley N.º 32430, norma que modifica el artÃculo 57 del Decreto Legislativo N.º 774 – Ley del Impuesto a la Renta, incorporando un cambio relevante en la imputación de las rentas de primera categorÃa, bajo el marco del denominado arrendamiento justo.
Modificación al artÃculo 57 de la Ley del Impuesto a la Renta
La ley establece que las rentas de primera categorÃa derivadas del arrendamiento de inmuebles se imputan al ejercicio gravable en el que efectivamente se perciban, dejando de lado el criterio de devengo que históricamente regÃa en esta materia.
Este ajuste implica que los arrendadores únicamente reconocerán como ingreso gravable aquellos montos efectivamente cobrados, lo cual supone una mayor correspondencia entre la obligación tributaria y la capacidad de pago real.
Plazos de adecuación y vigencia
La norma entrará en vigor el 1 de enero de 2026. Asimismo, dispone que el Poder Ejecutivo adecúe el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (aprobado mediante Decreto Supremo N.º 122-94-EF) en un plazo máximo de 90 dÃas calendario, cuyo vencimiento está previsto para el 31 de marzo de 2026.
Alcances del arrendamiento justo
La finalidad de esta disposición es otorgar un tratamiento más equitativo a los contribuyentes que generan rentas de primera categorÃa. Al vincular la tributación al momento de la percepción del ingreso, se busca evitar situaciones en las que el arrendador se vea obligado a tributar por montos que no ha recibido.
Consideraciones finales
La aprobación de la Ley N.º 32430 representa un cambio estructural en la tributación de las rentas de primera categorÃa. En BKR Santivañez estamos preparados para asesorar a empresas y personas naturales en la aplicación del arrendamiento justo Perú 2025, asà como en la adaptación de sus contratos y obligaciones tributarias al nuevo marco legal.
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