SUNAT posterga la vigencia del uso del SIRE para los PRICO: ¿qué implica la Resolución N.º 000392-2025/SUNAT?
- websgperu
- hace 4 días
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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha dispuesto la postergación de la vigencia obligatoria del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para los principales contribuyentes (PRICO), mediante la Resolución N.º 000392-2025/SUNAT.
Esta medida busca otorgar un mayor plazo de adecuación a las empresas obligadas, considerando los ajustes operativos, tecnológicos y contables que implica la implementación del SIRE.
¿Qué es el SIRE y a quiénes aplica?
El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) es la plataforma de SUNAT que permite llevar de manera electrónica el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, integrando información proveniente de los comprobantes electrónicos emitidos y recibidos por los contribuyentes.
En el caso de los PRICO, la adopción del SIRE representa un cambio relevante en la forma de:
Registrar operaciones
Validar información tributaria
Cumplir con las obligaciones mensuales de libros electrónicos
¿Qué dispone la Resolución N.º 000392-2025/SUNAT?
La resolución posterga la vigencia obligatoria del uso del SIRE para los principales contribuyentes, extendiendo el plazo inicialmente previsto por SUNAT.
Esto significa que, durante el período de postergación:
Los PRICO no estarán obligados aún a llevar sus registros a través del SIRE
Se mantiene el uso de los sistemas y formatos anteriores autorizados
Se otorga un margen adicional para adecuaciones internas y pruebas del sistema
SUNAT reconoce así la complejidad operativa que implica la migración al SIRE, especialmente en empresas con alto volumen de operaciones.
¿Por qué es importante esta postergación?
La postergación resulta clave porque:
Permite a las empresas revisar la calidad de su información contable y tributaria
Da tiempo para ajustar sistemas contables y ERP
Reduce el riesgo de errores en la información enviada a SUNAT
Facilita una transición más ordenada hacia el nuevo sistema
Sin embargo, este plazo adicional no debe entenderse como una suspensión indefinida, sino como una oportunidad para prepararse adecuadamente.
Recomendaciones para las empresas PRICO
Durante este período de postergación, es recomendable que las empresas:
Evalúen el impacto del SIRE en sus procesos contables y tributarios
Revisen la correcta emisión y recepción de comprobantes electrónicos
Verifiquen la consistencia entre la información contable y la tributaria
Capaciten a sus equipos contables y financieros
Realicen pruebas internas de adaptación al SIRE
Una implementación apresurada o sin preparación puede generar contingencias tributarias, observaciones de SUNAT y mayores costos operativos.
Conclusión
La Resolución N.º 000392-2025/SUNAT brinda a los principales contribuyentes un plazo adicional para prepararse ante la obligatoriedad del SIRE. Aprovechar este tiempo de manera estratégica es clave para asegurar un cumplimiento adecuado y evitar riesgos futuros.¿Tu empresa necesita apoyo para implementar o adaptarse al SIRE?
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