SUNAT amplía discrecionalidad del SIRE: evita multas hasta junio de 2026
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La SUNAT ha publicado la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 000019-2026-SUNAT/700000, mediante la cual extiende la facultad discrecional para no sancionar infracciones vinculadas al Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE). Esta medida representa una oportunidad relevante para que los contribuyentes regularicen sus obligaciones sin la imposición de multas, siempre que cumplan con los plazos establecidos.
¿Qué implica esta ampliación del SIRE?
La norma amplía la aplicación de la facultad discrecional, permitiendo que la SUNAT no aplique sanciones por determinadas infracciones relacionadas con el llevado de libros electrónicos. En específico, se incluyen las infracciones correspondientes a los períodos abril y mayo de 2026 y se amplía el plazo de subsanación hasta el 30 de junio de 2026. Esto permite a las empresas corregir omisiones o retrasos sin asumir sanciones económicas.
¿Quiénes se benefician con esta medida?
La ampliación aplica a los contribuyentes obligados a utilizar el SIRE desde el período diciembre de 2025, es decir, aquellos que debían llevar sus registros de compras y ventas de manera electrónica y que aún presentan incumplimientos o atrasos.
Infracciones comprendidas
La facultad discrecional alcanza a las infracciones del artículo 175 del Código Tributario. En el numeral 2 se considera el incumplimiento en la forma de llevar los registros, como ocurre cuando el contribuyente continúa utilizando registros manuales en lugar del SIRE. La sanción corresponde al 0.3% de los ingresos netos, con un mínimo del 10% de la UIT y un máximo de 12 UIT.
En el numeral 10 se contempla el atraso o errores en los registros electrónicos, cuando no se registran operaciones dentro de los plazos máximos o se consignan montos incorrectos. La sanción equivale al 0.6% de los ingresos netos, con un mínimo del 10% de la UIT y un máximo de 25 UIT. Estas sanciones no serán aplicadas si el contribuyente subsana dentro del plazo establecido.
Nuevo plazo para regularizar
Los contribuyentes tienen hasta el 30 de junio de 2026 para generar correctamente el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE), completar el Registro de Compras Electrónico (RCE) y realizar los ajustes o correcciones necesarios en el SIRE.
Desde la implementación del SIRE, la SUNAT ha venido aplicando criterios de discrecionalidad para facilitar la adaptación progresiva de los contribuyentes. La ampliación responde a que aún existen empresas que presentan retrasos en el registro de sus operaciones, por lo que se busca promover el cumplimiento voluntario antes de aplicar sanciones.
Revisarz el estado de los registros electrónicos, regularizar cualquier incumplimiento antes del 30 de junio de 2026, verificar el uso correcto del SIRE en reemplazo de registros manuales e implementar controles internos que aseguren el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.
La ampliación de la facultad discrecional del SIRE constituye una medida temporal que permite a los contribuyentes corregir incumplimientos sin sanciones. No obstante, es importante tomar acciones dentro del plazo establecido, ya que posteriormente la SUNAT podrá aplicar las multas correspondientes.
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